Las autoridades económicas:
El manejo de la política económica
está en manos del Presidente de la República
quien, como máxima autoridad nacional, define y desarrolla las
estrategias para alcanzar mayores índices de crecimiento y
propiciar las condiciones que garanticen e incentiven la inversión
productiva y la generación de empleo, todo con el objeto
de facilitar la atención de las necesidades básicas de toda la población.
Hay varias autoridades económicas con
funciones específicas, que componen la estructura del Estado. Las
principales son las siguientes:
Conpes:
El Consejo Nacional de Política
Económica y Social, Conpes, está presidido por
el Jefe del Estado y cuenta con la
participación de varios ministros, entre ellos los de Hacienda, Desarrollo,
Comercio Exterior y Agricultura, además del Jefe de Planeación Nacional.
Su tarea es definir las pautas y programas a partir de
los cuales el ejecutivo nacional pone en marcha sus políticas y obras de
desarrollo económico y social.
Planeación Nacional:
Este departamento como
organismo institucional, y el Conpes constituyen el conducto por medio del cual
el Presidente de la República ejerce su función de máximo orientador
de la planeación nacional. Con la Constitución política de 1991 se consagra
como norma constitucional el Plan Nacional de Desarrollo, lo que asegura su
carácter obligatorio y garantiza su cumplimiento a partir de la continuidad en
la ejecución de las obras y programas que cada gobierno define.
Ministerio de Hacienda
El Ministerio de Hacienda formula y
desarrolla, en nombre del gobierno nacional, las políticas del Estado en
materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público, presupuestal de
ingresos y gastos de tesorería, cambiaria, monetaria y
crediticia, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la
Junta Directiva del Banco de la República y las que
corresponden a la intervención y regulación del Estado en las actividades
financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el
manejo, aprovechamiento e inversión de
los recursos captados por el público.
De este ministerio dependen organismos
como la DIAN, las Superintendencias Bancarias y de Valores. Una vigila todo el
Sistema Financiero y la otra el mercado público de valores,
respectivamente.
Cabe anotar que las Carteras de Desarrollo
Económico, Agricultura, Minas y Energía, Transporte, Comercio Exterior y
Trabajo y Seguridad Social tienen competencia en el manejo de la política
económica.
Banco de la República
En 1991, con la adopción
de la nueva Constitución de Colombia se produjo una
importante transformación en el manejo de la política monetaria.
El Banco de la República se convirtió
por mandato constitucional en Banco Central, el cual se define como una entidad
del Estado a cuya Junta Directiva le corresponde, en forma exclusiva y
permanente, emitir la moneda legal, custodiar y administrar las reservas
internacionales y regular, conforme a la ley, las políticas en materia
monetaria, el manejo del cambio a pesos de las monedas extranjeras y la
dirección del crédito. Además es quien toma las decisiones sobre la cantidad de
dinero que debe circular en la economía nacional en un momento dado.
Como todos los bancos centrales
modernos, el colombiano hace parte de la estructura del Estado. Esta entidad
tiene un régimen legal y un patrimonio propio y dispone de autonomía
administrativa.
El Banco de la República tiene una
Junta Directiva compuesta por siete miembros, la cual preside el ministro de
Hacienda y de ella hace parte el gerente general de la entidad.
La Junta Directiva del Banco de la República es la
autoridad monetaria, cambiaria y crediticia del país.
El papel fundamental del Banco de la
República es actuar como auténtico guardián de la estabilidad de la moneda y
defender la capacidad adquisitiva de los colombianos, es decir, orientar los
mecanismos a su disposición para controlar la inflación y así garantizar
la estabilidad de los precios. Por mandato de la nueva Constitución, la Junta
Directiva del Banco Central debe fijar cada año metas
para reducir la inflación
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